Con el plazo legal para el pago de la Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU) venciendo el 31 de mayo, el sector empresarial mexicano enfrenta uno de los momentos laborales de mayor tensión en el año.
Así lo subrayó Octavio Benavides Narro, vicepresidente de la Comisión Laboral de la Confederación Patronal de la República Mexicana (COPARMEX Nacional), quien precisó que cada empresa deberá responder con base en su propia realidad financiera y advirtió con firmeza: “Son paros ilegales, no son paros normales; la ley es muy clara sobre cuándo puede ejercerse una huelga y cuándo no”.
La PTU es el mecanismo mediante el cual las empresas que obtuvieron utilidades en el ejercicio fiscal anterior están obligadas, por mandato constitucional y de la Ley Federal del Trabajo, a distribuir entre sus trabajadores el 10% de la renta gravable generada. El incumplimiento o la inconformidad con los montos frecuentemente deriva en tensiones en los centros de trabajo.
Benavides Narro dejó en claro que no todas las empresas se encuentran en condiciones de realizar un reparto de PTU, dado que no todas generaron utilidades durante 2025.
El directivo de Coparmex reconoció que el entorno económico del año previo presentó retos en materia arancelaria, geopolítica y macroeconómica que afectaron los resultados de diversas empresas en el país.
“Hay empresas que ganan tres años y pierden uno, pero en el balance siempre les resulta positivo”, señaló el dirigente patronal, en referencia a los ciclos naturales de rentabilidad empresarial. En ese contexto, destacó que algunas empresas, cuando no tienen utilidades que repartir, optan voluntariamente por otorgar bonos extraordinarios a sus trabajadores, aunque precisó que dicha práctica no constituye una obligación legal, sino una decisión discrecional de cada centro de trabajo, sujeta a negociación con sindicatos y representantes laborales.
SON VOLUNTARIOS
Uno de los puntos de mayor relevancia práctica que abordó el vicepresidente de la Comisión Laboral de Coparmex es la distinción legal entre la PTU y los bonos extraordinarios. Cuando una empresa no generó utilidades, no existe obligación jurídica de pagar compensación adicional alguna. La entrega de un bono extraordinario en ese escenario es una facultad -no un deber- del empleador.
El directivo advirtió que la confusión entre ambas figuras ha generado históricamente rispideces laborales, protestas e incluso paros en centros de trabajo, particularmente en la industria manufacturera del norte del país. “Lo que hay que decir es que son paros ilegales”, reiteró Benavides Narro, en alusión a las paralizaciones de actividades que se registran cada año durante el período de pago de utilidades en algunas plantas de la región.
El llamado al diálogo adquiere un peso específico en el contexto de Coahuila, entidad que ha construido su posicionamiento como destino de inversión manufacturera -particularmente en el sector automotriz- sobre la base de la estabilidad en las relaciones laborales. El corredor industrial Saltillo–Ramos Arizpe concentra armadoras de clase mundial y una densa red de proveedores Tier 1 y Tier 2 cuyas operaciones dependen, en parte, de la certeza jurídica y el clima laboral en las plantas.
“Estamos en un estado donde la estabilidad laboral siempre ha sido un diferenciador y un motor para competir con otros estados y países“, afirmó Benavides Narro, en una declaración que sintetiza la postura del sector empleador ante el período de mayor presión laboral del año.
